El Supremo avala que las comunidades de propietarios pueden prohibir los alquileres turísticos por mayoría de tres quintos
La Sala parte de su jurisprudencia en la que declara lícita la prohibición estatutaria de alquiler de viviendas para uso turístico
El Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo ha emitido dos sentencias en las que establece que las comunidades de propietarios tienen la capacidad de prohibir los alquileres turísticos a través de acuerdos tomados en junta con una mayoría de tres quintos.
Es la primera vez que la Sala se pronuncia sobre la interpretación y aplicación del artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), modificado por el Real Decreto-ley 7/2019, del 1 de marzo, en relación con medidas urgentes sobre vivienda y alquiler.

EL TRIBUNAL SUPREMO DA LA RAZÓN A UNA COMUNIDAD DE PROPIETARIOS CONTRA UN CONTRATO DE MANTENIMIENTO DE ASCENSORES ABUSIVO
La sentencia recurrida había estimado la demanda de la empresa de mantenimiento y había condenado a una comunidad de propietarios a abonar la indemnización correspondiente por haber desistido unilateralmente del contrato en el tercer año de vigencia.
El Pleno de la Sala de lo Civil analiza en su sentencia 469/2019 de 17 de septiembre, recurso 3743/2016, los criterios de nulidad de las cláusulas de duración insertas en el condicionado general de determinados contratos de mantenimiento de ascensores.
DESDE UN TRASTERO A APARCAR DOS VEHÍCULOS: QUÉ PUEDES HACER Y QUÉ NO EN TU PLAZA DE PARKING
Es más que probable que hayas visto a tus vecinos usar su plaza de aparcamiento de muchas formas: haciendo un tetrix para aparcar varios vehículos o acumulando trastos. Y es que las comunidades de vecinos suelen ser fuente de conflictos por el mal uso que se dan a veces de sus instalaciones, como es el caso de las plazas.
En este sentido, la ley nos da pistas -pues no es muy explícita- en cuanto al uso correcto de las plazas de aparcamiento dentro de una comunidad de vecinos. Te lo contamos.
INSTALAR AUTOCONSUMO EN COMUNIDADES DE VECINOS
La instalación de proyectos de autoconsumo en comunidades de vecinos es cada vez más común y factible. Según los expertos , la Ley de Propiedad Horizontal ha suavizado el acuerdo vecinal para poder instalar placas solares en el tejado comunitario. La compañía de autoconsumo afirma que pueden suponer un ahorro del 70% de la factura de las zonas comunes, pero también de las viviendas privadas. Aquí van una serie de consejos para conocer las instalaciones posibles y las ayudas e incentivos que se pueden conseguir.
¿Es obligatorio avisar a los vecinos si voy a hacer obras en casa?
Es muy habitual que, cuando compramos una vivienda, queramos hacer reformas en ella para adecuarla a nuestros gustos o a nuestras necesidades habitacionales.
Si vamos a acometer las obras, ¿es necesario avisar a los vecinos de nuestras intenciones?
«El propietario de cada piso o local podrá modificar los elementos arquitectónicos, instalaciones o servicios de aquel, cuando no menoscabe o altere la seguridad del edificio, su estructura general, su configuración o estado exteriores, o perjudique los derechos de otro propietario, debiendo dar cuenta de tales obras previamente a quien represente a la comunidad», dice el texto.
¿Puedo hacer uso de las zonas comunes de mi edificio para dejar mi bici o el carrito del bebé?
Como su propio nombre indica, son comunes, esto es, que son de todos. Ahora bien, no por ello se puede disponer libremente para hacer un uso individual o privativo.
Sin embargo, existe la posibilidad de hacer uso de determinadas zonas siempre y cuando se siga el siguiente procedimiento:
1. Hacer la solicitud por escrito al resto de vecinos.
2. Hacer que la petición se incluya como tema a tratar en una Junta Ordinaria o Extraordinaria.
3. Obtener unanimidad en la votación que conceda el uso privativo.
Si no se consiguiera este acuerdo, también se puede acudir a los Tribunales y se tendría que cumplir con lo que dictamine el Juez.
Tu Comunidad de vecinos ya puede poner límites a tu mascota
Una comunidad de vecinos nunca podrá prohibir que se tengan mascotas, aunque sí puede establecer ciertas limitaciones en las zonas comunes, como así lo establece la Ley de propiedad horizontal:
«Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él o en el resto del inmueble actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas».
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